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Instrucción del procedimiento sancionador

Instrucción del procedimiento sancionador

Primero estudiamos la fase de instrucción

De nuevo y como venimos haciendo en las lecciones anteriores, vamos a abordar esta fase de instrucción del procedimiento sancionador, con un método de estudio diferente. Usaremos una regla mnemotécnica contenida en el siguiente vídeo, que nos facilitará de forma notoria la memorización de los artículos que hacen referencia a esta fase. Estos artículos, siempre los encontrarás al final de los apuntes que verás más abajo, y que son descargables. La finalidad es que tú mismo observes como lo memorizado coincide con lo que indica la ley.

Como siempre, primero la mnemotecnia 👏👏

Repasa los detalles de esta historia antes de seguir para adelante. Cuando lo hayas hecho, toca divertirse traduciendo esta historia en la ley, usando las siguientes tarjetas.

Veamos en qué se convierte esta historia con tarjetas de memoria 😀

Recordemos antes alguna mnemotecnia anterior…🤓

La fase de instrucción es IGUAL que la que vimos en los procedimientos a instancia de parte, incluido el trámite de audiencia, a excepción de especialidades:

*Ver lección de inicio del procedimiento.




*Pero se emite resolución.


Vamos a memorizar el contenido mínimo que se exige al documento típico de esta etapa: La propuesta de resolución

Para ello, y como estamos haciendo de forma recurrente, volvemos a enganchar la historia de la lección del «contenido mínimo» donde la habíamos dejado. Lo que caía por el acantilado…


¡Otra vez hemos memorizado todo lo relacionado con la instrucción del procedimiento sancionador! Descargate los apuntes💪💪👏👏👏

Alguna curiosidad

Solo quiero insistir, que todo lo que vimos en la fase de instrucción en el procedimiento a instancia de parte, se repite en este procedimiento sancionador, salvo las especialidades vistas arriba. Incluido el trámite de audiencia.  Recuerda del curso anterior, que este trámite de audiencia lo representábamos con ese agujero en la parte superior del cañón, y que como ves, en el póster nuevo también existe.

Hay una idea curiosa, el hecho de que sea el responsable de la fase de instrucción quien pueda resolver en negativo este procedimiento, si, como hemos visto, falla algo de la foto. Que no haya robo, no haya ladrón e incluso que haya prescrito la falta (foto vieja y amarillenta). Esta autoridad la tenía en exclusiva el órgano resolutor, en el procedimiento a instancia de parte. Sin embargo, ahora el órgano de instrucción si puede hacerlo, archivando el procedimiento.

Y lo curioso es que el órgano de instrucción con esta facultad tan potente, es el único que no es nombrado por la norma. Recuerda, que la norma indica el órgano responsable del inicio del procedimiento (páncreas mascota de Norma), y también indica el órgano resolutor (cuando Einstein se sube a una caja de regalo para que Norma le nombre con todos los honores, órgano resolutor).