Estudiemos ahora los contenidos mínimos que se imponen en un procedimiento sancionador, en lo referente a las comunicaciones internas entre los distintos órganos administrativos y entre la administración y el administrado.
Problema en el estudio de los contenidos necesarios del procedimiento sancionador
Uno de los apartados que el estudiante de esta ley le trae de cabeza, es retener las especificaciones que la norma quiere como mínimas, en los distintos documentos que se utilizan en la comunicación interna o externa. Pero este problema lo podemos solucionar de una forma novedosa y agradable, que te explico a continuación.
Veamos un ejemplo. En el procedimiento sancionador, los órganos que solicitan al responsable del inicio de este, lo harán a través de una solicitud. La ley 39/2015 impone para esta, un contenido mínimo o necesario. El no cumplimiento no es tontería, ya que puede ser reclamado por el infractor, a través de un recurso.
Para empeorar la situación, es distinto que esa solicitud se realice por un órgano interno, con un rango superior en la jerarquía interna de la administración, que sea realizada por un órgano del mismo rango jerárquico, o que sea realizada por un ciudadano demandante.
Cada uno de estos casos tiene un contenido mínimo, y esto sin duda, complica enormemente el estudio de esta ley. Este problema no sólo sucede en la fase inicial, sino que en el resto de las fases también se exigen este tipo de contenidos. Así, al acuerdo de inicio, se le exige un mínimo, al igual que en la propuesta de resolución. Por supuesto, a la resolución se le imponen límites.
Solución al estudio de los contenidos
Vamos a abordar esta problemática a través como siempre, de la mnemotecnia. En esta breve historia, cada parte contendrá los elementos necesarios para memorizar todas y cada una de estas exigencias. Vamos a hacer una cosa. Simplemente vamos a recordar esta historia por ahora, sin traducirla a su significado real.
Posteriormente, a medida que vamos avanzando por las distintas lecciones, usaremos cada una de las partes de la mnemotecnia. Por ejemplo, la primera parte de la mnemotecnia corresponderá a la lección del inicio del procedimiento sancionador. En esta lección, además de estudiar y comprender los laberintos de esta fase, también rescataremos este vídeo en nuestra memoria. Sólo nos centraremos en la primera parte de la historia, y la lección la traducirá a los contenidos mínimos que deben de tener las comunicaciones de los que demandan el inicio del procedimiento.
Así, a medida que avanzamos iremos rescatando todas y cada una de las partes de la historia para que hagan su función en cada lección. De esta manera, al final tendrás memorizado todos los contenidos de las distintas comunicaciones del procedimiento, casi sin darte cuenta.
Como siempre, “para muestra, un botón”. Veamos cómo es todo esto en la práctica. En la siguiente entrada de MemoMarket tienes varias lecciones, entre ellas, la comentada lección del inicio del procedimiento. Ponlo en práctica y ahorra tiempo y esfuerzo.